ÓRGANO DE CONTROL

Órgano de Control Institucional

El órgano de Control Institucional es el encargado de ejecutar el control gubernamental de la Dirección de Red de Salud Pacifico Sur, en cumplimiento de los planes y programas anuales de control, quien mantiene dependencia técnica y funcional con la Contraloría General de la Republica, de conformidad a lo establecido por la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y demás disposiciones. Depende administrativamente de la Dirección de Red de Salud Pacifico Sur.

Funciones:
  • a) Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y operaciones de la Dirección de Red de Salud Pacifico Sur de conformidad a los lineamientos del plan anual de control y lo que disponga la Contraloría General, así como los que sean requeridas por el titular de la Dirección de Red de Salud Pacifico Sur.
  • b) Efectuar auditorías a los estados financieros y presupuestarios de la Dirección de Red de Salud Pacifico Sur, así como a la gestión del mismo de conformidad con las pautas que señale la Contraloría General.
  • c) Efectuar control preventivo sin carácter vinculante, al órgano de más alto nivel de la Dirección de Red de Salud Pacifico Sur con el propósito de organizar la supervisión y mejora de los procesos, practicas e instrumentos de control interno.
  • d) Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones de la Dirección de Red de Salud Pacifico Sur, se adviertan indicios razonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento, informando al titular de la Dirección de Red de Salud Pacifico Sur para que aborte las medidas correctivas pertinentes.
  • e) Remitir los informes resultantes de sus acciones de control a la Contraloría General, así como el titular de la Dirección de Red de Salud Pacifico Sur y del Sector cuando corresponda conforme a las disposiciones sobre la materia.
  • f) Recibir y atender las denuncias que formulen los funcionarios servidores públicos y ciudadanos sobre actos y operaciones de la Dirección de Red de Salud Pacifico Sur, otorgándole el trámite que corresponda a su mérito y documentación sustentatoria respectiva.
  • g) Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control, aprobado por la Contraloría General de acurdo a los lineamientos y disposiciones vigentes.
  • h) Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopten la Dirección de Red de Salud Pacifico Sur como resultado de las acciones y actividades de control, comprobando su materialización afectiva, conforme a los términos y plazos respectivos. Dicha función comprende efectuar el seguimiento de los procesos judiciales y administrativos derivados de las acciones de control.
  • i) Verifica el cumplimiento de las disposiciones legales y la normativa interna aplicables a la Dirección de Red de Salud Pacifico Sur, de las unidades orgánicas y personal.
  • j) Apoyar a las comisiones que designen la Contraloría General de la Republica para la ejecución de las acciones de control externo por razones operativas o de especialidad.
  • k) Cumplir diligentemente con los encargos, citaciones y requerimientos que la formule la Contraloría General y el órgano de control sectorial.
  • l) Otras funciones u objetivos funcionales que establezca la Contraloría General de la Republica.